jueves, 1 de agosto de 2013

PODA Y TALA DE ARBOLADO REGULADA

La Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Carlos Paz por intermedio del Departamento de Parques y Paseos le recuerda a los vecinos que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 4991 que regula la actividad de poda y tala de arbolado público en la ciudad.
La misma prevé que para todo intervención sobre el arbolado público se deberá poseer autorización escrita del Departamento de Parques y Paseos, para ello los interesados deberán dirigirse al Palacio Municipal solicitar y completar el formulario para autorización de podas y extracciones, presentarlo por mesa de entradas (tramite sin costo) y aguardar la resolución de la inspección la que se expedirá en un plazo máximo de 10 días.
De acuerdo a la Ordenanza Nº 1066 las multas establecidas por todo tipo de podas o extracción del arbolado público sin autorización oscilan entre los $ 350 a $1900 por cada ejemplar dañado.

Plan integral de forestación en la ciudad
Además que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 4021 que plantea la obligatoriedad de proceder a forestar la parte de vereda correspondiente al frente de sus propiedades, en este sentido la Municipalidad de Villa Carlos Paz por intermedio del Departamento de Parques y Paseos ha comenzado un plan integral de forestación de la ciudad, dando un plazo de 90 días a aquellos vecinos que aún no hayan procedido por cuenta propia a forestar sus veredas, vencido el mismo se procederá a realizar las actas correspondientes y posterior ejecución de dichos trabajos por administración, quedando todos los costos generados a cargo del frentista.
Trabajando para resguardar el patrimonio público y mejorar nuestro medio ambiente.

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