Artículo 2° de la Carta Orgánica:
"MUNICIPIO.
Artículo 2: El Municipio de la Ciudad
de Villa Carlos Paz constituye una unidad territorial, poblacional, cultural,
política y jurídica fundada en la convivencia social, con la participación de
la sociedad y decisión del gobierno en la definición y satisfacción de las
necesidades del conjunto.-"
Debemos ser parte, no seamos indiferentes, involcrémonos en la construcción del bien común, que no es la suma del bienestar individual.
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