"AUTONOMÍA.
Artículo 3: El Municipio de la Ciudad
de Villa Carlos Paz dicta esta Carta Orgánica en ejercicio de la autonomía que
le es propia en el orden institucional, político, administrativo, económico y
financiero. En el ejercicio de sus atribuciones, no se sujeta a otro poder y
ejerce todas las funciones que le competen de conformidad con su naturaleza y
fines.-"
Es imprescindible para garantizar el sistema republicano representativo y federal, velar por el pleno ejercicio de nuestra autonomía municipal, no dejándonos avasallar por ningún poder central, ya sea provincial o nacional.
El logro de una plena democracia participativa nace de la fuerza y del compromiso en un estado municipal que cuente con la autoridad y los recursos necesarios para llevar a cabo su labor en pleno uso de sus facultades; siendo controlado por sus ciudadanos, vecinos y contribuyentes.
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